Subvenciones Incorporación de personas socias a Cooperativas y Sociedades Laborales

Modalidad: Subvención

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes para 2021 comenzará el 20 de Julio de 2021 y finalizará el 11 de septiembre de 2021.




  • Objetivos
  • Beneficiarios
  • Información

Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, de personas desempleadas en calidad de socios trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales, y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes para 2021 comenzará el 20 de Julio de 2021 y finalizará el 11 de septiembre de 2021.

ENTIDADES BENEFICIARIAS y REQUISITOS GENERALES:

Podrán acogerse a estas subvenciones las cooperativas y sociedades laborales de Canarias que incorporen a personas en calidad de socias trabajadoras o de trabajo.

1º La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la subvención. A efectos del cálculo del incremento del empleo se tendrá en cuenta el número de socios trabajadores o de trabajo y el número de trabajadores con contrato indefinido.

2º No podrá concederse esta subvención cuando se trate de incorporación de socios trabajadores o de trabajo que hubieran ostentado tal condición en la misma empresa en los dos años anteriores a su incorporación como socios.

3º  REQUISITOS DE LA INCORPORACIÓN:

Además con carácter previo a la solicitud, la persona que se incorpora como socio tiene que estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y pertenecer a alguno de los COLECTIVOS siguientes:

a) Desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo.

b) Desempleados mayores de 45 años.

c) Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años.

d) Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y a 180 días si son menores de 25 años.

e) Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.

f) Desempleados minusválidos, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

g) Desempleados en situación de exclusión social pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento del Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio.

Los desempleados que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo deberán estar inscritos en la oficina de empleo.

Será requisito necesario que, con carácter previo a la solicitud, la persona que se incorpora como socio esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Convocatoria 2021: Se podrá solicitar subvención por aquellos/as socios/as trabajadores/as o de trabajo cuya fecha de alta en la Seguridad Social tenga lugar entre el 12 de septiembre de 2020 y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

En el caso de que la incorporación sea a jornada completa, el importe de la subvención será:

  • 5.500 euros por cada persona perteneciente a los referidos colectivos a), b), c), d) y h)Si la persona que se incorpora es una mujer el importe de la subvención será de 7.000,00 euros.
  • 7.000 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo e)
  • 10.000 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo f)
  • 8.000 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo g)

Cuando la jornada de trabajo sea a tiempo parcial, el importe de la subvención será proporcional a la duración de la jornada.

Podrán acogerse a estas subvenciones las cooperativas y sociedades laborales de Canarias que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

JUSTIFICACIÓN Y FORMA DE PAGO:

Al tratarse de subvenciones que se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no se requiere otra justificación que la acreditación de dicha situación previamente a la concesión, circunstancia ésta que queda acreditada por la documentación que debe ser aportada con la solicitud.

Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación y una vez notificada la resolución de concesión definitiva.

No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

CONVOCATORIA 2021:

El texto de la resolución de la convocatoria 2021 podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/574574 - BDNS (Identif.): 574574

MEDIOS DE PRESENTACIÓN:

Las entidades interesadas en concurrir a estas subvenciones deberán presentar la solicitud y demás documentos que la acompañen en la sede electrónica del SCE: https://sede.gobcan.es/empleo, o bien en los registros electrónicos de otras administraciones.

NORMATIVA RELACIONADA:

Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales

Extracto de la Resolución de 29 de junio de 2019, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de personas en calidad de socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias para el ejercicio 2020.

Acceso al procedimiento para presentar solicitud de subvención

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