Abierto el plazo de solicitud: Programa de Fomento de la Oferta de Soluciones de Computación en la Nube

Modalidad: Subvención

Porcentaje de ayuda: La intensidad máxima de la ayuda es del 80% del presupuesto total financiable.

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día 11 de enero de 2016 y permanecerá abierto hasta el día 25 de enero de 2016.




  • Objetivos
  • Beneficiarios
  • Información
  • Aumentar la oferta de soluciones software para pequeñas y medianas empresas (en adelante, «pymes») en modo Software as a Service (SaaS), por parte de las empresas del sector de la tecnología de la información y comunicaciones (en adelante, «TIC»), mejorando su competitividad y posicionamiento en la comercialización de dichas soluciones.
  • Estas ayudas son de carácter económico y están dirigidas a empresas pertenecientes al sector TIC, para el apoyo a la migración o desarrollo de nuevas soluciones software para pymes en modo Software as a Service (SaaS).

Empresas que hayan iniciado su actividad económica en fecha anterior a la publicación de las bases en el «BOE», y que se corresponda con alguno de los siguientes códigos CNAE:

2611: Fabricación de componentes electrónicos.
2612: Fabricación de circuitos impresos ensamblados.
2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos.
2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones.
2640: Fabricación de productos electrónicos de consumo.
2680: Fabricación de soportes magnéticos y ópticos.
4651: Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.
4652: Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes.
5821: Edición de videojuegos.
5829: Edición de otros programas informáticos.
6110: Telecomunicaciones por cable.
6120: Telecomunicaciones inalámbricas.
6130: Telecomunicaciones por satélite.
6190: Otras actividades de telecomunicaciones.
6201: Actividades de programación informática.
6202: Actividades de consultoría informática.
6203: Gestión de recursos informáticos.
6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática.
6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.
6312: Portales web.
9511: Reparación de ordenadores y equipos periféricos.
9512: Reparación de equipos de comunicación.

Además de estos requisitos los beneficiarios deberán cumplir los detallados en la Convocatoria.

El importe del presupuesto subvencionable no podrá ser inferior a 25.000 €, y el importe de la ayuda no podrá ser superior a 60.000 €, por solicitante.

Requisitos de los proyectos subvencionables.

Los proyectos subvencionables con cargo a estas ayudas están dirigidos al apoyo a la migración o al desarrollo de nuevas soluciones software para pymes en modo Software as a Service (SaaS), conforme a la definición que de este tipo de aplicaciones se realiza en el Antecedente IV de la convocatoria.

Se admitirán proyectos de:

a) Migración de soluciones software existentes para pymes a soluciones en modo Software as a Service.

Se entiende por «migración» la transformación de una solución ya existente, comercializada o no, bajo un modelo distinto del Software as a Service, en una solución ofrecida en modo Software as a Service, pudiendo incorporar las funcionalidades de la solución previa o además incorporar nuevas funcionalidades que previamente no existían.

b) Desarrollos de nuevas soluciones software para pymes en modo Software as a Service.

Se entiende por «desarrollos de nuevas soluciones» la creación de nuevos productos de software, no comercializados previamente, bajo ningún modelo de distribución, desarrollados directamente para ser ofrecidos en modo Software as a Service.

No se admitirán proyectos que ya estén comercializados en modo Software as a Service con anterioridad a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Convocatoria.

Para que un proyecto de los contemplados anteriormente sea admisible como subvencionable, deberá cumplir los siguientes requisitos técnicos:

  • La solución Software as a Service resultado del proyecto subvencionable deberá ser una solución Software as a Service dirigida a pymes, que sea susceptible de comercialización e incluya todas las funcionalidades descritas en la propuesta de proyecto que se presente con la solicitud. No se admitirá el cambio del proyecto, ni ningún cambio en las funcionalidades de la propuesta de proyecto después de la presentación de la solicitud.
  • La solución Software as a Service resultado del proyecto subvencionable deberá ser evaluada por una tercera parte independiente, en los términos descritos en la base sexta, debiendo el beneficiario presentar los documentos a entregar establecidos en dicha base para la evaluación.
  • El desarrollo de clientes ligeros y de aplicaciones para dispositivos móviles, solo podrá considerarse como parte de las tareas o actividades subvencionables por la ayuda cuando su desarrollo sea complementario a la migración o al desarrollo de la nueva solución Software as a Service para pymes con el objetivo de facilitar la conexión a dicha solución.

 

Leer Convocatoria

 

Contacto para consultas: innovacion@historico.camaralanzarote.org