Programa de Fomento de la Demanda de Soluciones de Computación en la Nube para Pequeñas y Medianas Empresas

Modalidad: Subvención

Porcentaje de ayuda: La intensidad máxima de la ayuda es del 80% del presupuesto total financiable.

Plazo de solicitud: 08 de June de 2016




  • Objetivos
  • Beneficiarios
  • Información

Proporcionar ayudas a pymes para el impulso a la adopción de soluciones empresariales basadas en tecnologías de computación en la nube adoptando así modelos de negocio apoyados en la prestación de servicios que garantizan el ahorro de costes, la accesibilidad y la eficiencia energética de los sistemas de información impulsando el potencial de la pyme y posicionándola estratégicamente en el mercado.

 

Para poder concurrir al procedimiento de concesión de las ayudas, los solicitantes deberán ser empresas o trabajadores autónomos que cumplan, y acrediten mediante la documentación correspondiente, en tiempo y forma, todos y cada uno de los requisitos específicos detallados en la Base TERCERA.

  • Las ayudas consisten en la puesta a disposición de servicios de soluciones empresariales, por un periodo de 9 meses, basadas en tecnologías de computación en la nube, a elegir por los solicitantes, de entre las soluciones existentes en un Catálogo, agrupado en diferentes categorías, en función de su objetivo y funcionalidad. Dichas soluciones y sus proveedores  son seleccionados por Red.es mediante un procedimiento público de homologación.

 

  • La concesión de la ayuda está condicionada a la cofinanciación por parte del beneficiario de parte del coste de la misma. El solicitante deberá incluir en su solicitud el porcentaje de financiación del presupuesto subvencionable que asume, debiendo indicar un porcentaje sin decimales comprendido entre el 20% y el 50%. Los impuestos indirectos que sean de aplicación no formarán parte, en ningún caso, del presupuesto subvencionable y deberán ser asumidos en su totalidad por el beneficiario. Red.es subvencionará la cantidad restante del presupuesto subvencionable, lo que constituirá el importe de la ayuda, siempre y cuando el pago del presupuesto subvencionable y de los impuestos indirectos asociados a la totalidad del mismo se justifique debidamente, conforme a lo establecido en las Bases. Este importe del presupuesto subvencionable no podrá ser inferior a 1.250 €, y el importe de la ayuda no podrá ser superior a 15.000 €, por solicitante.

 

Plazo de Solicitud: hasta el 8 de junio de 2016.

 

Más información

 

Contacto para ampliar información o consultas: innovacion@historico.camaralanzarote.org