Subvenciones destinadas a favorecer el Ahorro y la Eficiencia Energética en el sector del Transporte Terrestre.
Modalidad: Subvención
Plazo de solicitud: 05 de March de 2015
- Objetivos
- Beneficiarios
- Información
Convocar para el ejercicio 2015, la concesión de subvenciones destinadas a
favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre.
Líneas de acción:
- Adquisición de vehículos turismos y vehículos comerciales, eléctricos, de hasta 3.500 kg de MMA.
- Adquisición de vehículos industriales eléctricos.
- Desarrollo de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos.
- Sustitución de vehículos turismos, por otros que usen como combustible GLP, o adaptación de existentes para usar este combustible.
Cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en la Convocatoria.
Asimismo, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
El importe de los créditos presupuestarios destinados a la financiación de esta convocatoria, asciende a Quinientos mil (500.000) euros y se repartirá entre las siguientes líneas de acción:
- 100.000 euros para la adquisición de vehículos turismos y vehículos comerciales, eléctricos, de hasta 3.500 kg de MMA.
- 75.000 euros para la adquisición de vehículos industriales eléctricos.
- 300.000 euros para el desarrollo de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos.
- 25.000 euros para la sustitución de vehículos turismos, por otros que usen como combustible GLP, o adaptación de existentes para usar este combustible.
Las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse entre el 23 de diciembre de 2014 y el 20 de julio de 2015. En el caso de los beneficiarios que tengan la condición de empresas, solo serán subvencionables las actuaciones que se inicien con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
Puede platear sus dudas o solicitar más información a:
innovacion@historico.camaralanzarote.org
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